Las declaraciones de propiedades de los complementos alimenticios son afirmaciones realizadas por los comerciantes para promover los beneficios, efectos o características de un complemento alimenticio específico. Estas alegaciones tienen por objeto informar a los consumidores sobre las ventajas potenciales del uso del complemento e influir en sus decisiones de compra. Cabe mencionar que, aunque nos centraremos en las alegaciones de complementos alimenticios, es importante señalar que la normativa relativa a las alegaciones nutricionales y de propiedades saludables se aplica más ampliamente a los productos alimenticios, incluidos los complementos alimenticios.
Las alegaciones sobre complementos alimenticios pueden clasificarse por su enfoque específico y sus consideraciones reglamentarias.
La siguiente información es específica para Europa.
Las alegaciones nutricionales son afirmaciones que declaran, sugieren o implican que un producto alimenticio posee propiedades nutricionales beneficiosas específicas debido a su contenido en nutrientes u otras sustancias, ya sea en proporciones mayores o menores, o debido a la ausencia de determinados elementos. Por ejemplo, un complemento puede hacer alegaciones como “alto contenido en vitamina C”, “sin sal” o “reducido en azúcar”. Estas alegaciones de complementos alimenticios proporcionan información sobre la composición nutricional del producto de una forma que capta el interés de los consumidores objetivo.
El uso de declaraciones nutricionales sigue el principio de la “lista positiva”. Esto significa que sólo las declaraciones nutricionales enumeradas en el anexo del Reglamento (CE) nº 1924/2006 o sus versiones actualizadas, están permitidas. Por ejemplo, una alegación como “fuente de polifenoles” cumple la definición de alegación nutricional, pero no está autorizada, ya que no está incluida en la lista. En consecuencia, entre las declaraciones nutricionales autorizadas, las más utilizadas para los complementos alimenticios están relacionadas con ser “fuente de” o “alto contenido en” una vitamina o mineral específico. Además, las condiciones para utilizar estas declaraciones están bien definidas. Para evitar la confusión del consumidor, un complemento alimenticio sólo puede llevar una alegación nutricional si la dosis diaria recomendada del producto, como dos gummies al día, aporta una cantidad “significativa” del nutriente. En el caso de las vitaminas y los minerales, una cantidad “significativa” se define como “al menos el 15% del VRN” (Valor Nutricional de Referencia).
Los valores VRN para cada vitamina y mineral se especifican en Reglamento CE nº 1169/2011.
Declaraciones de propiedades saludables, tal como se definen en Reglamento (CE) nº 1924/2006abarcan cualquier mensaje que declare, sugiera o implique una conexión entre una categoría de alimentos, un alimento específico o uno de sus constituyentes y la salud. Estas declaraciones pueden referirse a diversos aspectos, como el crecimiento, el desarrollo y las funciones corporales. Sin embargo, es importante señalar que las declaraciones de propiedades saludables no deben implicar que el producto sea capaz de diagnosticar, prevenir, tratar o curar enfermedades humanas. En el caso de los complementos alimenticios, existe una lista de alegaciones autorizadas recogida en el Reglamento CE n.º 432/2012 y sus actualizaciones. Cualquier declaración de propiedades saludables no incluida en esta lista está prohibida en la Unión Europea, con la excepción de determinadas “declaraciones pendientes”.
Las declaraciones de propiedades saludables autorizadas deben estar respaldadas por pruebas científicas que demuestren una relación causa-efecto entre el consumo del alimento o ingrediente y el beneficio para la salud declarado. Esta evaluación científica corre a cargo de la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). Una vez que la EFSA publica su dictamen científico, la Comisión Europea adopta y publica un Reglamento que autoriza la declaración y especifica sus condiciones de uso. Este riguroso proceso de evaluación garantiza que las declaraciones de propiedades saludables autorizadas se basan en datos científicos fiables y proporcionan una información exacta y veraz.
Actualmente, la mayoría de las declaraciones de propiedades saludables autorizadas están relacionadas con vitaminas o minerales, y pueden utilizarse si la dosis diaria recomendada del complemento alimenticio aporta al menos el 15% del VRN del nutriente respectivo. Por ejemplo, un complemento alimenticio que aporte al menos el 15% del VRN de vitamina C en su dosis diaria recomendada puede llevar la declaración de propiedades saludables autorizada “La vitamina C contribuye al funcionamiento normal del sistema inmunitario.” Es importante destacar que estas declaraciones deben asociarse al ingrediente específico para el que se ha autorizado la declaración, y no a todo el producto acabado. Esto garantiza la claridad para que el consumidor comprenda el ingrediente responsable del beneficio para la salud alegado.
Debido a la redacción limitada de las declaraciones de propiedades saludables autorizadas, puede resultar difícil diferenciar un complemento alimenticio de los competidores basándose únicamente en estas declaraciones. Sin embargo, además de una declaración de propiedades saludables autorizada vinculada a un ingrediente, es posible utilizar una declaración más general sobre el complemento alimenticio. Por ejemplo, si en la etiqueta figura la declaración de propiedades saludables autorizada “El hierro contribuye a reducir el cansancio y la fatiga”, el complemento alimenticio puede utilizar también la declaración general “vitalidad” para transmitir un mensaje adicional.
Cabe señalar que las declaraciones de propiedades saludables no se limitan a mensajes textuales, sino que también pueden adoptar formas visuales. Los envases de los complementos alimenticios suelen incorporar elementos visuales como imágenes, ilustraciones o gráficos para comunicar los posibles beneficios o efectos del producto. Sin embargo, estas alegaciones visuales sólo pueden utilizarse junto con una alegación de propiedades saludables autorizada para garantizar que no sean engañosas para el consumidor. Los elementos visuales pueden incluir representaciones de resultados deseados o imágenes simbólicas.
Las alegaciones pendientes se refieren a las alegaciones que están actualmente en suspenso y aún no han recibido la autorización oficial de las autoridades reguladoras. Estas alegaciones de complementos alimenticios se asocian predominantemente a ingredientes botánicos o vegetales. La evaluación de las alegaciones pendientes tiene por objeto determinar si cumplen los criterios necesarios de fundamentación científica, veracidad y exactitud. La razón de que estén “pendientes” es que la Unión Europea aún no ha llegado a un consenso sobre el nivel de justificación necesario para las declaraciones de propiedades saludables relacionadas con preparados botánicos. El principal punto de desacuerdo gira en torno a si el uso tradicional por sí solo debe considerarse suficiente para justificar tales alegaciones. Los distintos Estados miembros mantienen posturas diversas al respecto.
Independientemente del país, es importante tener en cuenta que aunque una declaración de propiedades saludables figure en la “lista pendiente”, no puede utilizarse a menos que esté adecuadamente justificada. Es responsabilidad del comercializador verificar este aspecto y aportar pruebas, si así lo exigen las autoridades nacionales competentes, de que la declaración pendiente que se está utilizando está suficientemente respaldada para las condiciones de uso previstas y la población destinataria de su producto.
Las alegaciones de belleza de los complementos alimenticios se refieren a los efectos del producto en la mejora del aspecto del cuerpo o de partes específicas del mismo. Estas alegaciones suelen centrarse en la promoción de cualidades físicas asociadas con la piel, el crecimiento del cabello, las uñas y el resplandor general. Es importante señalar que una alegación de belleza no debe referirse al funcionamiento o a aspectos fisiológicos del cuerpo; de lo contrario, se consideraría una alegación de salud y debería cumplir la normativa pertinente. En la actualidad, no existe una normativa específica que regule las alegaciones de belleza realizadas en los complementos alimenticios. En su lugar, algunos Estados miembros de la Unión Europea han publicado directrices al respecto. La ausencia de una normativa europea unificada significa que los distintos Estados miembros pueden tener posturas diferentes sobre las alegaciones de belleza. En consecuencia, no existe una lista oficial de alegaciones de belleza autorizadas.
Determinar si una alegación debe clasificarse como alegación de belleza o de salud es responsabilidad del comercializador, lo que a veces puede resultar complicado. Por ejemplo, la alegación “Mejora la elasticidad de la piel” se consideraría una alegación de belleza, mientras que “Mejora la hidratación de la piel” podría clasificarse como alegación de salud en función de cómo se presente el producto y de la normativa específica del Estado miembro en el que se comercialice.
A falta de una normativa específica, las alegaciones de belleza deben atenerse al principio general de ser veraces y no inducir a error a los consumidores. En otras palabras, deben estar fundamentadas y justificadas. Sin embargo, no existe ninguna directriz reglamentaria específica que establezca el tipo de pruebas necesarias para justificar una alegación de belleza. En general, se entiende que este tipo de alegaciones sobre complementos alimenticios deben estar respaldadas por pruebas obtenidas a partir de estudios en seres humanos, ya sean ensayos clínicos o estudios de consumidores.
Las declaraciones de satisfacción del consumidor son afirmaciones realizadas por los comercializadores de complementos alimenticios que muestran la satisfacción o las experiencias positivas de los consumidores que han utilizado el producto. Estas alegaciones pretenden enfatizar los beneficios percibidos del complemento compartiendo los comentarios de las personas que lo han incorporado a su régimen diario. La base de estas alegaciones suele incluir:
-Testimonios y reseñas: Los comercializadores pueden recopilar y presentar testimonios o reseñas de consumidores que hayan experimentado resultados positivos o satisfacción con el suplemento.
-Resultados de encuestas: Los datos recogidos en encuestas o formularios de opinión pueden utilizarse para respaldar las afirmaciones sobre la satisfacción del consumidor.
Las alegaciones de satisfacción del consumidor se emplean para proporcionar validación por pares y establecer una sensación de confianza en el producto. Sirven como prueba anecdótica de la eficacia del suplemento y pretenden generar confianza entre los compradores potenciales. Sin embargo, es fundamental que los vendedores se aseguren de que las declaraciones de satisfacción que utilizan están respaldadas por datos objetivos y verificables. Es importante señalar que los testimonios de profesionales de la salud no pueden utilizarse como parte de estas afirmaciones.
Las alegaciones de los complementos alimenticios desempeñan un papel crucial a la hora de informar a los consumidores sobre los beneficios de estos productos. Las autoridades reguladoras se esfuerzan por garantizar que las alegaciones autorizadas estén respaldadas por pruebas científicas, mientras que las alegaciones pendientes se someten a una evaluación exhaustiva para determinar su validez. Al conocer los distintos tipos de alegaciones y sus consideraciones reglamentarias, las marcas de complementos alimenticios pueden tomar decisiones informadas a la hora de formular sus productos y seleccionar ingredientes que se ajusten a sus objetivos y atraigan a sus consumidores objetivo.
La información facilitada es de carácter general y puede no abarcar las normativas y requisitos específicos de cada región o país , incluso dentro de la UE. Las alegaciones sobre complementos alimenticios están sujetas al organismo regulador de la región en la que se comercializa o vende el producto. Es fundamental consultar a las autoridades reguladoras pertinentes y familiarizarse con las directrices, normativas y requisitos específicos de su región antes de realizar cualquier declaración o tomar cualquier decisión relacionada con sus complementos alimenticios y/o sus componentes.